Ello afectaría las prestaciones de fin de año de las y los trabajarías así como de jubilados y pensionados.
El texto original dice:
"ARTÍCULO 67.- Los trabajadores
tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el
presupuesto de egresos, equivalente
por lo menos a cuarenta y cinco dias de
sueldo, mismo que deberá pagarse en
una sola exhibición antes del
diecinueve de diciembre de cada año.
El pago de aguinaldo no estara sujeto a
deducción impositiva alguna.
Los trabajadores que no hayan
cumplido un año de labores, tendrán
derecho a que se les pague esta
prestación, en proporción al tiempo
efectivamente trabajado"
La reforma establecerá ahora que :
"Artículo 67.- Los trabajadores tendrán
derecho_a_un aguinaldo anual que estará comprendido en el presupuesto
de egresos, equivalente por lo menos a
cuarenta y cinco días de sueldo, mismo
que deberá pagarse en una sola
exhibición antes del diecinueve de
diciembre de cada año. (**)La prestación
del aguinaldo se sujetará en materia
impositiva a lo que determinen las
leyes fiscales aplicables(**)"
Estos cambios se dan tras el logro legan que tuvieran trabajadores del gobierno de Jalisco donde implica que el patrón deberá pagar los impuestos que se generen por esas remuneraciones.
Aquí los diputados del pueblo de la 4T sensible a las necesidades de los trabajadores optaron porque ellos paguen ese impuesto.
#DiputadosContraTrabajadores #MasImpuestosAlTrabajador #ReformaParaGravarAguinaldo #ISRalAguinaldo