Desde la tribuna del Senado, la senadora Mely Romero Celis hizo un llamado a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), al Registro Agrario Nacional (RAN) y a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para que revisen el abuso en el cobro del impuesto predial a ejidatarios en Manzanillo y garanticen el respeto a la legislación agraria.
Durante su participación en el pleno, la legisladora explicó que el Ayuntamiento de Manzanillo impulsó una modificación a su Ley de Hacienda Municipal, aprobada por el Congreso del Estado, mediante la cual se eliminó la clasificación que reconocía a los predios ejidales dentro del cálculo del impuesto predial.
Esta modificación —señaló— permite que los terrenos ejidales sean clasificados y gravados como predios rústicos de propiedad privada, lo que representa un cambio de fondo que, además de ser un abuso, contraviene la naturaleza jurídica de la propiedad social.
“Esto es un abuso, pues la tierra ejidal es una propiedad social, no es privada. No pueden cobrarles a los ejidatarios como si fueran propietarios de la tierra, violentando la legislación agraria federal”, expresó.
Romero Celis indicó que, como consecuencia de esta decisión, el impuesto predial para diversos ejidatarios ha registrado incrementos que van del 100 al 200, 500 e incluso hasta el 1000 por ciento de un año a otro.
La senadora expuso casos concretos para evidenciar la situación, entre ellos el de un ejidatario que pagó 343 pesos de predial en 2025 y que para 2026 enfrenta un cobro superior a los 230 mil pesos, lo que calificó como un ejemplo claro del abuso que se está cometiendo.
La legisladora recordó que la legislación mexicana es clara al respecto. Señaló que el artículo 27 de la Constitución y la Ley Agraria establecen el régimen de propiedad de la tierra y reconocen a los ejidos como una forma de propiedad social que pertenece a la nación, en la cual los ejidatarios tienen derecho de uso y aprovechamiento, pero no son propietarios de la tierra.
En ese sentido, explicó que la regulación de los ejidos corresponde a instituciones federales, por lo que ningún gobierno municipal o estatal tiene facultades para modificar la naturaleza jurídica de la tierra ejidal sin la autorización de la asamblea ejidal y sin seguir los procedimientos legales correspondientes.
“Lo que está ocurriendo en Manzanillo representa un abuso y un precedente legal gravísimo que no podemos dejar pasar en este Senado”, advirtió.
Asimismo, señaló que existen reportes de casos en los que autoridades municipales estarían modificando directamente los valores catastrales de parcelas ejidales, lo que —subrayó— podría constituir un delito.
Finalmente, Romero Celis advirtió que permitir este tipo de decisiones podría generar un precedente peligroso en el país.
“Si se permite que un municipio reclasifique tierras ejidales y las trate fiscalmente como propiedad privada, se abre la puerta a que este abuso se replique en otras regiones del país, poniendo en riesgo la certeza jurídica de las y los productores ejidales de México”, concluyó.



