• Aplica de manera obligatoria a todas las personas servidoras públicas del
Instituto
Con la publicación en la Gaceta Electoral, el Instituto Nacional Electoral (INE) puso
en marcha la entrada en vigor de su nuevo Código de Ética, el cual responde a la
necesidad de contar con un marco normativo actualizado, sistemático y congruente
con los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional Anticorrupción.
El instrumento sustituye al Código de Ética de la Función Pública Electoral, de 2019,
y se aplica de manera obligatoria a todas las personas servidoras públicas del
Instituto, con el propósito de fortalecer la cultura de integridad, prevenir conductas
contrarias al servicio público y orientar la actuación institucional bajo parámetros
claros y verificables.
Asimismo, establece que las disposiciones del nuevo Código de Ética son
obligatorias para quienes desempeñen un empleo, cargo o comisión en el INE, sin
importar jerarquía, además de que será un referente para proveedores y
prestadores de servicio social vinculados con el Instituto.
En el desarrollo del documento se enumeran innovaciones relevantes, entre ellas la
incorporación de criterios actuales sobre protección de datos personales,
transparencia y uso ético de tecnologías e Inteligencia Artificial, aparte de reforzar
el lenguaje incluyente y el enfoque de interseccionalidad.
Se amplían las definiciones de acoso laboral y sexual, así como de hostigamiento
en sus modalidades físicas, verbales y digitales, y se precisan principios rectores
como accesibilidad, paridad de género, pluralismo y solidaridad social, con el
objetivo de consolidar entornos laborales equitativos, inclusivos y respetuosos.
Con la entrada en vigor del nuevo Código de Ética quedan abrogadas todas las
disposiciones jurídicas que se opongan a este marco normativo, incluyendo el citado
Código de Ética de la Función Pública Electoral.
Entre los acuerdos del documento se instruye a la Unidad de Evaluación,
Normatividad y Desarrollo Administrativo a emitir lineamientos para la operación del
Comité de Ética en un plazo máximo de 15 días hábiles, garantizando la continuidad
de los asuntos en trámite y la resolución conforme a las normas vigentes al momento
de su inicio.




