Ante la información pública reciente y el anuncio de renuncia de la Consejera
Presidenta, Guadalupe Taddei Zavala, el día de hoy, las Consejeras Electorales
Norma Irene De La Cruz Magaña, Carla Humphrey Jordan, Rita Bell López
Vences, Frida Denisse Gómez Puga, Blanca Yassahara Cruz García y los
Consejeros Arturo Castillo Loza, Uuc-kib Espadas Ancona, Martín Faz Mora,
Arturo Manuel Chávez López y Jorge Montaño Ventura sostuvieron una reunión
de trabajo para velar por la continuidad de las operaciones del Instituto Nacional
Electoral de cara a la organización del Proceso Electoral Federal 2026-2027.
Durante la reunión las Consejerías acordaron que la institución habrá de continuar
trabajando con regularidad y sin contratiempos en la organización del proceso
electoral con la calidad técnica y el profesionalismo que han caracterizado su
labor, conforme a las actividades y plazos previamente aprobados por el Consejo
General.
Por el momento, el Instituto se encuentra a la espera de que se defina y
comunique formalmente la situación de la Consejera Presidenta. Cualquier
determinación se adoptará a partir de esa información y con estricto apego al
marco constitucional y legal, buscando privilegiar en todo momento la
colegialidad.
En caso de que se formalice la renuncia y se actualice la ausencia definitiva de la
presidencia del Consejo General, la ley y la norma establece una ruta clara:
• Las consejerías electorales deberán nombrar por mayoría simple, de
entre sus integrantes, a quien asuma provisionalmente la presidencia
del Consejo General, conforme al artículo 41, numeral 5 de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
• La Secretaría Ejecutiva conducirá el inicio de la sesión hasta que las
consejerías presentes designen, mediante votación económica, a quien la
presida o directamente a quien asuma la presidencia provisional, conforme
al artículo 15, numeral 5, del Reglamento de Sesiones del Consejo
General. COMUNICADO DE PRENSA
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• El nombramiento provisional quedará establecido en un acuerdo del
Consejo General. La persona designada rendirá protesta por sí misma
ante el Consejo, conforme a los artículos 36, numeral 7, de la LGIPE y 15,
numeral 8, del Reglamento de Sesiones del INE. La protesta podrá
realizarse en la misma sesión, dentro del plazo de 24 horas previsto en
estas disposiciones. Se levantará el acta correspondiente y se incorporará
al expediente personal, en términos del artículo 87, numeral 6, del
Reglamento Interior del INE.
• El Consejo General comunicará de inmediato el nombramiento
provisional a la Cámara de Diputados, conforme al artículo 41, numeral
5, de la LGIPE.
Durante este proceso, el INE mantiene su compromiso con el cumplimiento
irrestricto de sus funciones y con los trabajos de organización electoral. El marco
legal establece los mecanismos para dar continuidad a la conducción del Instituto
y certeza a sus decisiones.




